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By ADMINISTRADOR
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“La presente tiene por finalidad establecer las condiciones sanitarias que deben cumplir los restaurantes y servicios afines que cuentan con la modalidad de servicio a domicilio de alimentos preparados culinariamente y/o que serán entregados para llevar, con énfasis en situaciones que ponen en riesgo la salud pública como pandemias como es el caso del (COVID – 19), epidemias de enfermedades de transmisión alimentaria, desastres naturales, entre otros”, precisa la ordenanza Nº 007-2020-CM/MPH.
La solicitud para la obtención de autorización para los servicios de abastecimiento de alimentos preparados por los restaurantes y afines con la modalidad de asistencia a domicilio (delivery) lo pueden realizar en la Gerencia de Desarrollo Económico mediante la Sub Gerencia de Comercialización.
Los beneficios para aquellos restaurantes y/o afines que obtengan la autorización de funcionamiento del servicio a domicilio y cumplan con las Buenas Prácticas Generales de Higiene, la comuna huancavelicana publicitará mediante sus redes sociales y en otros medios de difusión, ello con el fin de que la población huancavelicana pueda conocer qué negocios cumplen con las regulaciones sanitarias.